Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca está plenamente comprometida con los más altos estándares de cumplimiento normativo en todas sus relaciones y en la actividad que desarrolla.
Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca pone a disposición de sus miembros y de cualquier parte interesada este Canal de Denuncias, como canal de comunicación de cualquier sospecha o conocimiento de conductas, acciones u omisiones cometidas por un miembro de Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca en el ejercicio de sus funciones que:
- constituyan infracción del Derecho de la Unión Europea,
- constituyan infracción penal o administrativa grave o muy grave, comprendiendo entre éstas, específicamente, las que puedan implicar un quebrando económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
Para ello, Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca pone a disposición de la persona informante o denunciante las siguientes vías de Canal de Denuncias:
- Mediante el formulario online disponible a continuación en esta página.
Todas las denuncias recibidas se introducirán en un registro de denuncias, asignando a cada una de ellas un número de referencia único con el que poder identificarla a lo largo de toda su tramitación.
Todas las denuncias podrán ser anónimas, es decir, la identificación de la persona que realiza la denuncia no es obligatoria sino potestativa.
Se informa que solo en el caso de que la persona informante o denunciante facilite un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir notificaciones, se le notificará el acuse de recibo con un número de referencia de la denuncia; Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca podrá solicitarle información adicional en caso de ser necesario y, mantenerle informado de la admisión o no a trámite y de la correspondiente resolución.
Para asegurar la mejor gestión del Canal de Denuncias, el Órgano de Administración de Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca ha designado y facultado al Órgano de Control, que tiene como función principal, la gestión del Canal de Denuncias conforme al Procedimiento de Gestión del Canal de Denuncias que le invitamos a consultar para mayor información de las fases de tramitación; todo ello, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Sin constituir la forma preferente para la presentación de denuncias y de forma alternativa a este Canal de Denuncias interno de Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca, se podrán presentar denuncias a través de los canales externos de denuncias ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, ante las autoridades administrativas competentes, en su caso, o ante la instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea.
Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca manifiesta que el Canal de Denuncias Interno cumple con los siguientes principios y ofrece las siguientes garantías, cuyo desarrollo específico puede ser consultado en el Reglamento del Sistema interno de información del Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca:
- Máxima confidencialidad.
- Garantía del derecho de defensa, presunción de inocencia y derecho al honor.
- Garantía del principio de prueba y contradicción.
- Gestión de conflictos de interés.
- Prohibición de represalias, incluidas las amenazas y las tentativas de represalia.
- Protección de datos personales.